La supresión de los 400 euros del Gobierno provoca un descenso en las nóminas de enero.
28/01/2010
La nómina de este mes de enero que, generalmente llega con un aumento tanto para pensionistas como para asalariados, este 2010 no trae buenas noticias. El IPC apenas ha avanzado (0,8%), algo que no se registraba desde hacía 50 años, y ha provocado que los jubilados se hayan quedado sin su habitual paga por corrección de precios y que los asalariados tampoco perciban ningún aumento tras la revalorización de los salarios.
No solo eso sino que esta nómina es la primera en la que se dejan de percibir los 400 euros del IRPF que hace dos años se comenzaron a dar tras la promesa electoral del PSOE. En resumen, esto puede suponer una disminución de aproximadamente 33 euros de media al mes.
Cabe destacar que la retirada de los 400 euros del IRPF afectará más a las rentas medias ya que la ayuda se mantiene para todos aquellos que cobren menos de 8.000 euros al año y se reduce de forma progresiva hasta llegar a los 12.000 euros de ingresos.
Así, tras la promesa en 2008 de crear esta ayuda, ahora los salarios se recortan un 2% aproximadamente.
Efectivamente, con la evolución del IPC no ha habido premio de paga para los pensionistas, pues no se ha producido una variación negativa para ellos.
Por otra parte, hay que recordar que desaparece para el año 2010 la deducción de los 400 e...
Efectivamente, con la evolución del IPC no ha habido premio de paga para los pensionistas, pues no se ha producido una variación negativa para ellos.
Por otra parte, hay que recordar que desaparece para el año 2010 la deducción de los 400 euros, lo que hace que la tributación sea mayor.
Esto se aprecia de forma directa pues al no poder considerar los 400 euros como gasto al aplicar la retención de cada mes, la cantidad a recibir es menor.
Se acabaron las elecciones y entramos en la realidad. Esperaremos a las próximas eleccciones para que nos prometan el "oro" y después nos den "el moro". La política de algunos es así y lo que tenemos que hacer es demostrar que no somos tontos y que queremos realidades aunque sean malas y no mentiras.Esto solo lo podemos decir en las urnas.
Lo más normal es que si se aplica una corrección económica al alza sobre un colectivo socioeconomicamente inmaduro, que vive de la improvisación, el entrampado y la visa, y lo hacen desaparecer despues, sucede lo que sucede. Tanto estudio sociotoc...
Lo más normal es que si se aplica una corrección económica al alza sobre un colectivo socioeconomicamente inmaduro, que vive de la improvisación, el entrampado y la visa, y lo hacen desaparecer despues, sucede lo que sucede. Tanto estudio sociotocapetotas para todo y resulta que no saben deducir la consecuencia más lógica: el efecto rebote. Todos los gastos se expanden hasta cubrir todo el presupuesto disponible y cuando se otorga un privilegio económico indefinido a priori, se utiliza en cosas recurrentes disparatadas: la colección Espasa Calpe que siempre quisimos, una moto nueva etc, la lavadora ultimo modelo... El problema viene cuando en la contracción de la economía familiar de, derivada de un recorte externo, hay que reamoldarse a la situación anterior y esto señores no es tan facil: provoca insatisfacción, endeudamiento y entrampe en el 80% de los casos.
Con lo facil que es deducir que pagar para luego quitarlo surge un efecto peor al programado....Y esto es lo que está pasando
[29/01/2010][Todo Laboral]Hola,
efectivamente y si bien desde hace meses su eliminación era la crónica de una muerte anunciada, vuelve a sorprender la forma tan chapucera y agónica por la que han optado para darle la puntilla final.
Básicamente y por quién no se haya enterado y se pregunte como puede ser que me haya bajado la nómina o pensión, comentar que se ha optado por una supresión progresiva de la deducción en base a las rentas de los contribuyentes siguiendo los escalados que a continuación detallamos:
-Para aquellos trabajadores con un salario bruto anual inferior a 12.096,26 euros (base imponible de hasta 8.000 euros), les corresponderá la deducción íntegra, esto es, los 400 euros, siempre y cuando tengan cuota líquida de donde deducir.
-Para aquellos trabajadores con un salario bruto anual comprendido entre los 12.096,27 euros y 15.645,49 euros (bases imponibles comprendidas entre los 8.000,01 y 12.000 euros), la deducción será progresiva, esto es, 400 euros menos el resultado de multiplicar por el coeficiente 0,1 la diferencia entre la base imponible que se tenga y los 8.000 euros anuales de mínima. A modo de ejemplo tenemos que para bases imponibles de 9.000 euros serán 300 euros de deducción, para 10.000 euros serán 200 euros y para 11.000 euros serán 100 euros de deducción total.
-Y por último, Todos los trabajadores con un salario bruto superior a 15.645,49 euros (bases imponibles superiores a 12.000,01 euros) no generarán derecho a la deducción de los 400 euros.
Los salarios brutos anuales mínimos detallados en los puntos anteriores para generar derecho a la deducción serán ligeramente superiores para los siguientes colectivos de trabajadores; los contratados temporalmente, con más de dos hijos a su cargo y trabajadores que pasen pensión compensatoria al cónyuge.
En consecuencia, la incidencia más notoria de esta supresión gradual de la deducción de los 400 euros en las nóminas de los trabajadores es que, en líneas generales, todos aquellos empleados con un salario bruto anual superior a 12.096,26 euros (la gran mayoría, no nos engañemos) pasarán a soportar a partir de la nómina de este mes de enero una mayor retención de IRPF, lo que repercutirá en que el importe neto a percibir pueda ser inferior respecto a las nóminas de meses anteriores. Todo ello, sin perjuicio de otras circunstancias a considerar que puedan incidir en el tipo de IRPF finalmente aplicable en la nómina de enero, tales como: modificación de su situación personal o familiar, variación en las percepciones, etc. A modo de ejemplo, para aquellos trabajadores que perciban un salario bruto anual superior a 15.645,49 euros la reducción del importe neto mensual a percibir será 33,33 euros (si cobran en 12 mensualidades) o 28,57 euros (si cobran en 14 mensualidades).
Por tanto y en resumidas cuentas, el efecto más práctico y notorio de la supresión de la deducción de los 400 euros de ZP es que si no media algún tipo de subida salarial en su auxilio, bien de índole particular o de convenio, las nóminas de enero menguarán respecto a meses anteriores. Hacienda nos retendrá más a cuenta en las nóminas y los trabajadores contarán con menos dinero en sus bolsillos a fin de mes. Es por ello que no cabe achacarle la culpa al empresario porque las nóminas sólo decrecerán en neto, no en bruto. El empresario seguirá soportando los mismo costes que meses anteriores.
Para mayor abundamiento cabe recordar que el IRPF es un impuesto que le corresponde soportarlo al trabajador, y que si bien son nulos los pactos que acuerden lo contrario, no deja de ser una obviedad reconocer el uso muy extendido que hay en pactar muchos sueldos en neto, y ahí sí que cada uno deberá de pelear por lo suyo respecto quién se acaba comiendo esta subida de impuestos; si el trabajador o el empresario. A modo de ejemplo a seguir en estos casos puede servir el comprobar a quién se repercutió la bajada de impuestos en junio de 2008 cuando entró en vigor la medida, y por coherencia, hacer lo mismo ahora.
Gracias por vuestra atención y un saludo a todos
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